este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ciudadana ARACELIS MARGARITA LUGO DE CABRERA, a los ciudadanos PEDRO JOSE CABRERA ROJAS, LUIS JOSE CABRERA LUGO, LELYS DEL VALLE CABRERA DE MATA, ALBERTO JOSE CABRERA LUGO y LUZ MARINA CABRERA DE GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, casado, soltero, casada, soltero y casada respectivamente, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.163.584, V-8.392.850, 8.399.134 V-9.306.190, V-11.852.563, respectivamente, de éste domicilio, en su condición de esposo y de hijos de la mencionada finada.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Códig.....