DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara RECONOCIDO EN CONTENIDO Y FIRMA EL DOCUMENTO PRIVADO DE COMPRA VENTA, suscrito entre la ciudadana PRISCA OMAIRA VELASQUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V-3.487.795, domiciliada en la Población de Palo Sano Municipio Arismendi del estado Bolivariano de Nueva Esparta; actuando como apoderada del ciudadano ASDRUBAL JOSE REYES VELASQUEZ, identificado con la cédula de identidad Nro. 3.487.71, según instrumento poder autenticado por ante la Notaría pública de la Asunción en fecha 26-01-2014, inserto bajo el Nro. 23, tomo: 04, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, y el ciudadano QUIRICO PEREZ H.....