PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por DESALOJO interpusiera la abogada CARMEN ROZKIEWICZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.835, actuando con su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ROSARIO DEL PILAR VALLEJOS HINOJOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-16.672.900, contra el ciudadano OMAR PERICLES PAREDES SMIRNIUDIS, venezolano, mayor de edad, titula de la cédula de identidad Nº V-11.144.328.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a la entrega material inmediata del inmueble objeto del presente litigio, a la parte actora.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas y costos del presente procedimiento, por resultar totalmente vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.