En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión en divorcio de la solicitud de separación de cuerpos, presentada por los ciudadanos LEYMIS DEL VALLE CALDERIN CALDERIN y EDUARDO LUIS MARCHAN LICEP, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 19.807.573 y V-18.399.185, respectivamente, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del matrimonio civil que ambos celebraron por ante el Registro Civil del Municipio García de la Parroquia Francisco Fajardo del Estado Nueva Esparta, en fecha 23 de enero del 2012, la cual quedó asentada en los libros de Registro Civil de Matrimonios, bajo el N° 03, Tomo I, folio.....