el Tribunal comprobado como ha sido el derecho que los solicitantes alegan y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condición como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus CARLOS DANIEL VALDEVIT, a los ciudadanos EVA LORENA VALDEVIT y DIEGO HERNAN VALDEVIT, de nacionalidad Argentina, mayores de edad, titulares de los pasaportes Nros. AAB725399 y AAB725830, respectivamente, ambos en su condición de hijos del de cujus antes mencionado.-------------------------------------------------------------------------
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos del de cujus no hayan sido incluidos como tal en la presente solicitud y asimismo, se le advierte que la presente declaratoria basada en las declaraciones de testigos de quienes se pr.....