Por las razones antes expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite la Reconvención formulada por el demandado-reconviniente, AFU MOUHAMED, contra el Demandante-Recovenido, ciudadano EDDIE RAFAEL MENDOZA URBAEZ, por estar ajustada a derecho. ASÍ SE DECIDE.---------------------------------
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la Ciudad de Pampatar, a los Catorce (14) días del mes de Noviembre de Dos Mil Dieciocho (2018). Años: 208° de la Independencia y 159º de la Federación.-------------------------------------------