Visto el convenimiento celebrado en esta misma fecha 14-10-2015, por el ciudadano RAFAEL CELESTINO LAREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad nro. V- 3.727.266, asistido por el abogado en ejercicio ANTONIO JAEN RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 197.979, actuando con el carácter de parte demandada y por la otra el Abogado PEDRO POLEO SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.265, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, ciudadana ISABEL CECILIA RAMOS GONZALEZ; mediante el cual efectúan convenimiento en los términos expuestos en el mismo; este Tribunal da por consumado el acto, le imparte la homologación al convenimiento realizado y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
El Juez