En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR La solicitud de conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, realizada por los ciudadanos CELESTE YOMARYS LEAL RIVAS y EDGAR JOSE GUERRA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V- 18.639.433 y 17.417.181, respectivamente.----------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 27-12-2013, por ante Registro Civil de la Parroquia Aguirre, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, según consta en el acta de matrimonio identificada con el Nro. 128, fol.....