III
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba ,Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos YELITZAIDA RAMONA RODRIGUEZ DE VARILLAS y MIGUEL ANGEL VARILLAS ROMERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nros. V-14.652.098 y V-14.517.257, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 23 de noviembre de 2005 por ante el Juzgado de Municipio Roscio, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, tal y como se evidencia en Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 08.
Expídan.....