III
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores, y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos ARGENIS JOSE SALAZAR REYES y LEONIDES DEL VALLE AVILA DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.390.728 y V-8.390.891, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 08 de marzo de 1976, ante el Registro Civil del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nue.....