IV.- DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Perención de la Instancia en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA), instaurada por la empresa Condominio Mares C.A; inscrita en el registro mercantil segundo de la circunscripción judicial del estado nueva esparta, de fecha 26 de octubre de 2010, bajo el N° 15, Tomo 62-A, representada por su apoderado judicial Vicente Rafael Bermúdez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 112.460, cuyo poder se encuentra autenticado por ante la Notaria Publica Primera de Porlamar del Estado Nueva Esparta, en fecha 11 de Marzo de 2011, bajo el N° 35, Tomo 36 de los Libros de autenticaciones ll.....