Vistos los recaudos acompañados como Copia de las cedula de identidad de la solicitante y los testigos, copia del Registro Único de Información Fiscal de la solicitante, Diseño del Plano del Terreno y de la Vivienda, Copia Certificada del certificado de posesión y ocupación del terreno y las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante. De igual forma del estudio y análisis de las deposiciones de los referidos testigos, las cuales se aprecian y se les da valor probatorio, establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, se desprende y está demostrado el derecho que la solicitante alega, en consecuencia este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y no habiendo oposición alguna, de terceros d.....