El Tribunal en consecuencia homologa la presente transacción de conformidad a lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.718 del Código Civil, dándole el carácter de cosa juzgada a la presente causa. Se ordena remitir el expediente al archivo judicial, una vez que conste en autos el cumplimento de la presente Transacción Judicial. Cúmplase.
La Juez,
Dra. Marianny Velásquez Salazar
El Secretario Temporal,
Abg. Wilian Ramón Rodríguez León
Expediente Nº 1711/18
MVS/wrr.