Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Perención de la Instancia en la presente causa que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), presentada por la ciudadana LYNDA GISELA PARRA, venezolana, mayor de edad, administradora del Conjunto Residencial Bahía de Guaragua, de estado civil soltera, titular de la cedula de Identidad Nº V-18.113.525 asistida por la abogada KAIRY ROJAS RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad de Nº V-16.546.467, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 123.352, contra el ciudadano CARLOS EMILIO JIMENEZ ARANCIBIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-13.943.886, domicilia.....