El tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: la anterior actuación como justificativo de posesión a favor del ciudadano DEIBY JOSE SALGADO SALGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-17.653.218, de este domicilio, sobre el siguiente bien mueble identificado de la siguiente manera: MARCA: SUZUKI, AÑO: 2007, MODELO: BR 200, CLASE: MOTO, TIPO: PASEO, Uso: Particular, Color: NEGRO, SERIAL N.I.V: N/A, SERIAL DE CARROCERIA; LC6PAGA1370825306, SERIAL DE CHASIS: N/A, PLACA: AED065, SERIAL DE MOTOR: 1E50FMGP0071339,.
De conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo los derechos de terceros y se le advierte que la presente declaratoria basada en las declaraciones rendidas por los ciudadanos JOHEL JOSE CARABALLO BERMUDEZ y KELVIN JOSE MARTINEZ BERMUDEZ, venezolanos, mayo.....