Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores y Península de Macano de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la falta de cualidad de la parte demandada para sostener por sí sola la demanda de cumplimiento de contrato de opción de compra venta incoada por los Ciudadanos OSCAR JESUS ACOSTA GONZALEZ y ASISI KHOURY ABOU, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-4.349.912 y V-5.786.458, respectivamente.en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES K.A., en consecuencia, se declara INADMISIBLE la presente demanda.
SEGUNDO: Se ordena levantar la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal, en fecha 30 de abril de 2012, sobre el bien inmueble constituido por una c.....