Con fuerza en los fundamentos de hechos y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Solicitud de Convocatoria de Asamblea de Propietarios del Conjunto Residencial Guinamorena.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macano de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta. En Porlamar, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del año dos mil quince (2015). Años 205º y 156º.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. IXORA LOURDES DÍAZ,
LA SECRET.....