este Tribunal Agrario las admite de acuerdo al principio general de admisibilidad de las pruebas por no ser las mismas ni ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.
En cuanto a la prueba de Inspección Judicial en el inmueble objeto de la presente demanda, este Tribunal Agrario fija dicha Inspección, para el día jueves 29 de Noviembre de 2012, a las 9:30 a.m., a los fines de constatar la superficie y linderos del inmueble objeto de la presente demanda, de conformidad con lo previsto en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil.
Con relación a la prueba Informes, se ordena oficiar a la Oficina Regional de Tierras del Estado Nueva Esparta, a los fines de que sirva informar a este Juzgado, si el ciudadano Ponciano Rafael Martínez Quijada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.305.134, es beneficiario o no de un procedimiento administrativo de Declaratoria de Garantía de Derecho de Permanencia sobre un lote de terreno conocido como El Fundo Cocotal, .....