PRIMERO: Este Tribunal Agrario previo asesoramiento de los expertos designados y actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, deja constancia que el lote de terreno objeto de la presente inspección judicial, son tierras con vocación y uso agrícola de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 198 de la precitada Ley de Tierras; SEGUNDO: Este Tribunal Agrario previo asesoramiento de los expertos designados y actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, deja constancia que en el predio objeto de la presente inspección judicial, no existe en la actualidad vía de acceso al conuco perteneciente al ciudadano Bonifacio Morao, en su condición de parte actora; TERCERO: Este Tribunal Agrario previo asesoramiento de los expertos designados y actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, deja constancia de que fue imposible la v.....