Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 2, con Competencia en Materia de delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, a favor del ciudadano FREDDY JAVIER NARVÁEZ QUIJADA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.589.937, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente DETENCIÓN DOMICILIARIA, medida que deberá cumplir en su residencia ubicada en la "CALLE PRINCIPAL, CASA S/Nº, FRENTE A LA CANCHA DEPORTIVA, SECTOR LAGUNA DE RAYA, MUNICIPIO TUBORES DEL ESTADO NUEVA ESPARTA", designándose como órgano policial para velar diariamente el cumplimiento de la referida medida, Funcionarios Adscritos a la COMISARIA DE BOCA DEL RIO de la Policía del estado, quien deberá perió.....