Se puede subsumir de la norma antes transcrita la Institución Procesal del Archivo Fiscal que es una de las formas previstas en la Ley Adjetiva Penal que le permiten al Organo Fiscal presentar el acto conclusivo por no contar con elementos suficientes para presentar la Acusación, quedando a salvo las previsiones a que se contrae la Ley Adjetiva Penal.SEGUNDO: Siendo el Archivo Fiscal, uno de los actos conclusivos, de la fase investigativa del sistema acusatorio penal , según lo precedente expuesto establecidos por el Legislador en la norma transcrita y analizada en el considerandum primero..,corresponde dentro de las atribuciones de la Vindicta Pública, Decretar el Archivo de las actuaciones, de acuerdo a lo previsto en el artículo 108 ordinal 5to de la Ley Penal Adjetiva, en consecuencia y en atención a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primera Instancia en Funciones de Control 1, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en delitos de Viole.....