"...Obligación de Manutención: " El padre aportará la cantidad de Cuatrocientos bolívares mensuales (Bs.400, 00)., en partidas quincenales de doscientos bolívares (200,00Bs.), además pagará la mitad del pago del transporte escolar, la mitad del pago del Colegio en la cantidad de ciento setenta y cinco bolívares (175,00 Bs.) , 50% de los gastos médicos y medicinas, el Bono Navideño y Bono Escolar en la mitad de los gastos ocasionados por concepto de útiles, uniformes, calzado, vestuario navideño y regalos." Respecto al Régimen de Convivencia Familiar el mismo quedo establecido de la siguiente manera: Régimen de Convivencia Familiar: " La niña estará con el padre de forma alterna, desde el viernes a las 2:00p.m hasta el sábado a las 7:00 p.m., los días martes y miércoles desde las 2:00 p.m. hasta las 7:00 p.m. cualquier alteración se hará mediante llamada telefónica...".