Esta jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana HIDALGISA DEL VALLE ROSAS MARIN, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-14.542.055. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana MARIA DEL VALLE MARIN, fallecida ab-intestado en fecha 15-02-2012 quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro V-4.652.339 a sus SEIS (06) hijos, los ciudadanos PEDRO ANTONIO, IGRISCELIS DEL VALLE, HIDALGISA DEL VALLE, FELIX RAMON, VICTOR LUIS y la adolescente (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), titulares de las cédulas de identidad Nos: V-12.673.856, V-12.673.859, V-14.542.055, V-14.359.973, V-1.....