Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana Marinellys José Villarroel Marcano, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.920.747, en beneficio del niño (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V-28.074.402. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana Marinellys José Villarroel Marcano, antes identificada, para que acuda ante las autoridad competente, a realizar los trámites necesarios tendentes a la tramitación y obtención de la VISA AMERICANA que requiere del niño (Identid.....