Esta Jueza de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, prescinde de la celebración de dicha audiencia y en razón de lo cual considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: DECRETAR LA SEPARACION DE CUERPOS y BIENES de los ciudadanos JAVIER JOSÉ CARREÑO y MARIANNY DEL VALLE ROJAS MARCANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-17.111.494 y V-17.409.534 respectivamente; conforme a los Artículos 189 y 190 del Código Civil. Así se Declara. SEGUNDO: Extinguida la Comunidad de Gananciales con ocasión al presente decreto de separación, ello en atención a lo dispuesto en el Segundo aparte del artículo 173, concatenado con el artículo 175, ambos del Código Civil. Así se Establece. TERCERO: De conformidad con el contenido del artículo 351 de la Ley Especial, en lo que concierne a la Patria Potestad, Custodia, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutenció.....