PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana Lissett Coromoto Núñez Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.059.243, asistida por el abogado Luis A. Alfonzo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 17.695, Así se Establece.
SEGUNDO: Se AUTORIZA a la ciudadana Lissett Coromoto Núñez Hernández, antes identificada, para que en nombre y representación de su hija identidad omitida para que proceda a vender la cuota parte que le corresponde a la niña en un inmueble constituido por una parcela de terreno signada como D-33, que forma parte de la Urbanización Ampliación Juangriego, situada en los Municipios Gómez y Marcano del estado Nueva Esparta, según se desprende de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Gómez del estado Nueva Esparta, en fecha 30/05/2007; anotado bajo el numero tres (03), Protocolo Primero, Tomo Quinto; Segundo Trimestre, cuyas características y datos de inscripción en.....