En consecuencia vistos los hechos expuestos por los solicitantes y los recaudos consignados, esta Juzgadora considera procedente y ajustado a derecho declarar PRIMERO: Se DECRETA la SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos LUÍS ENRIQUE SUÁREZ MARTÍNEZ Y HEIDY AYARI GONZÁLEZ GARCÍA, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.011.279 y 16.346.296 respectivamente, asistidos por el profesional del derecho Abogada Conchetta Borregales, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 140.608, conforme al Artículos 189 del Código Civil. SEGUNDO En lo que concierne a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar en relación con su hija, tiene en cuenta lo acordado por los padres en su escrito y lo manifestado en esta Audiencia, en razón de lo cual se HOMOLOGAN los acuerdos suscritos respecto de dichos particulares, debiendo anexarse a la presente copia certificada del mismo. Expídase por Secretaría senda.....