Esta Jueza a fin de garantizarle a los precitados hermanos su Derecho a un Nivel de Vida Adecuado, previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia, con los Artículos 365, 366, 466 y 466-B ejusdem, se DECRETA EL EMBARGO DEL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le pudieran corresponder a la ciudadana YRIS JANET MONTEJO REECE, en caso de despido o retiro de su sitio de trabajo, lo cual deberá ser participado de inmediato a este Tribunal, indicándole que todas las cantidades aquí ordenadas a descontar deberán ser depositadas en la cuenta de ahorros del Banco Bicentenario aperturada por orden de este Despacho, a nombre del ciudadano ERICK ALEXANDER MIRANDA TABARES. Se ordena oficiar a la Dirección de Recursos Humanos del HOTEL HESPERIA PLAYA EL AGUA, a los fines de informarle que deberá descontar a la ciudadana YRIS JANET MONTEJO REECE, identificada en autos, la cantidad de DOS MIL CIENTO CINCUENT.....