Se declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos formulada por los ciudadanos AMALIO JOSE RODRIGUEZ ANES y ELIDA TOMASA GOMEZ FERMIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros V-11.853.708 y 12.716.350 respectivamente, asistidos del Abg. JOSE GREGORIO ARAUJO GARCIA inscrito en el IPSA bajo el Nro 37.791, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 31.08.1994 ante el Registro Civil del Municipio Arismendi del estado Nueva Esparta. Así se Decide. No hay condenatoria en costas.