DECRETA como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano JOSÉ ANDRÉS DÍAZ LÓPEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-19.807.501. y falleció el 11-03-2016 a su hijo cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA", dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, el primero (01) del mes de Ag.....