Régimen de Convivencia Familiar: "Primero: Ambos padres estuvieron de acuerdo en lo siguiente; en virtud que la madre detenta la custodia, el padre compartirá con su hijo, fines de semana alternos, desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo en el hogar materno, el fin de semana que no le corresponda compartirá durante la semana el día o los días libres que tenga, previa comunicación con la madre. Segundo: El día del padre, madre, cumpleaños compartirá el niño con quien corresponda y el cumpleaños de el, ambos compartirán con su hijo, en periodos de vacaciones escolares las dividirán en periodos de una semana para cada uno, vacaciones navideñas, la semana del 24 para la madre y la de el 31 para el padre, alternos cada año. Tercero: Quedando establecido que ambos padres comunicaran a la otra cualquier situación que tenga que ver con su hijo y cualquier modificación que se haga en cuanto al régimen establecido, así mismo deben ser responsables en los cuidados del niño c.....