Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana ANA GREGORIA TILLERO ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.302.503. Así se Establece.
SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano LUIS JOSE RAMOS GONZALEZ, quien fuera su esposo y padre de sus hijos, fallecido en fecha 19.01.2012 y era titular de la Cédula de Identidad N: V-8.389.958, a su cónyuge ANA GREGORIA TILLERO ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.302.503 y a sus hijos la adolescente OMITIDO de dieciséis (16) años de edad, LUIS RAFAEL y MANUEL MARCELO RAMOS TILLERO, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, y tantas copias certificadas .....