sta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 472 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO incoado por el ciudadano LUIS JOSE GONZALEZ, venezolano, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.338.257, dada su no comparecencia a la audiencia y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: En virtud de que en fecha 26/03/2015 fue suscrito un acuerdo parcial por las partes en el presente asunto, el cual fue debidamente homologado, quedan vigente los mismos a favor de los referidos hermanos.