Ahora bien, conforme a la respuesta de la solicitud realizada por los demandantes, emanada de la ciudadana TIVISAY ROMERO, en su carácter de Sindica Procuradora Municipal del Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, suscrito en fecha 27 de noviembre de 2015, y el cual fue consignado en fecha 8 de febrero de 2016, por el actual Sindico Procurador Abogado ÁNGEL VILLARROEL, antes identificado, y en la cual expresa que "...5.- En virtud de la solicitud y la inspección realizada por este ente se le aclara a los solicitantes que el inmueble inspeccionado es propiedad del Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta y que la situación actual de los solicitantes en lo que respecta al terreno es de ocupantes y en harás de su permanencia en el mismo deben acogerse las reglas de convivencia ciudadana, respetando los linderos constatados y señalados en esta inspección...", y en virtud de lo expuesto, satisface los pedimentos de la parte demandante, en cuanto a la solicitud rea.....