...En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos EMILIO RAMÓN GUTIÉRREZ, JHONDER JOSÉ TOVAR, JESÚS RAFAEL MILLÁN, JHONATHAN LUIS MARCANO, IAM JOSÉ ESTRADA y ROBERTO ANDRÉS SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Números V- 15.896.205, V- 18.905.235, V- 17.655.546, V- 16.931.659, V- 16.931.511 y V- 13.668.473, respectivamente, de este domicilio, mediante su apoderado judicial, abogado EFRAÍN JESÚS MORENO NEGRÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-10.347.398, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 65.848, contra la COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.....