ESCRITO DE PRUEBAS
DE LA PARTE QUERELLANTE
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 01 de noviembre de 2016, por el ciudadano Rene Roger Arismendi, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.899.992, debidamente asistido para este acto por el abogado Juan Duque Carreño, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.675.678, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.642 y siendo la oportunidad para su admisión, el Tribunal observa:
En cuanto a las pruebas promovidas en el Capitulo I, del escrito de pruebas presentado, la parte querellante promueve documentales marcadas "A", "B", "C", "3" y "4", las cuales fueron consignadas con el escrito libelar y reposan en el expediente administrativo, este Juzgador estima que se promovió el mérito favorable de los autos, en consecuencia, debe aplicarse los efectos establecidos de conformidad con la sentencia Nº 96-881, emanada de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, ut su.....