Acto seguido, el Tribunal visto lo expuesto por la Apoderada Judicial de la parte demandante, Doctora Rosanna Aspite Aguilera, ya identificada, acuerda de conformidad, en Consecuencia, se declara embargado ejecutivamente el inmueble ya identificado y suficientemente descrito por la mencionada Apoderada Judicial, poniéndolo en posesión de la Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., ciudadana Yenifer Paola Cova, antes identificada, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia. En tal sentido se ordenó fijar el correspondiente cartel de notificación, lo cual se hizo en la puerta principal del inmueble en referencia y se ordenó Oficiar al Registrador Subalterno respectivo. Es todo. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión el tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Once y Treinta Antes-Meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.-La Juez Provisoria (ls)(fdo).La Apoderada Judicial de la Parte demandante, Doctora Rosanna Aspite Aguilera (.....