Visto la exposición del Apoderado Judicial de la parte actora, el tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia se hace formal entrega material del bien inmueble objeto de la medida antes mencionada, poniéndolo en posesión del Dr. Cesar Contreras Sequera, antes identificado, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia, libre de bienes y personas.