Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, presente una persona que dijo ser y llamarse Israel Figueroa Guerra, titular de la cédula de identidad número 4.151.542, en su carácter de parte demandada en el presente juicio, a quien se le notificó la misión del tribunal, previa lectura del exhorto que encabeza estas actuaciones. En este estado presente el notificado ciudadano Israel Figueroa Guerra, antes identificado, asistido en este acto por el Dr.Cruz Suniaga, abogado en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado N° 87.231, expone: Solicito de la parte demandante se sirva acoger el presente convenimiento para que sea aceptado en su plenitud: Primero: Un plazo de sesenta días para el desalojo del inmueble y sesenta días para el pago de la deuda correspondiente a los cánones de arrendamientos vencidos, cuyo monto alcanza un millón doscientos sesenta mil bolívares (Bs.1.260.000), donde están incluidos los pagos correspondientes a los meses de Abril y Mayo del 2003. En este estado present.....