Se declara SIN LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN FAMILIAR, bajo la modalidad de Familia Sustituta que fuere iniciada por la Defensa Publica de Protección del estado Nueva Esparta a favor del adolescente Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), requerida por la ciudadana MARINA DEL VALLE PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.473.483, de conformidad con lo establecido en el articulo 400 de la LOPNNA; en consecuencia SE ACUERDA LA REINTEGRACIÓN del prenombrado adolescente al hogar de su madre, la ciudadana YAMILEX GABRIELA PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.005.393, quien ejercerá su custodia y deberá garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección, educación integral, vigilancia, asistencia material, moral y afectiva y representarlo ante instituciones educativas, de salud, públicas y privadas, esto conforme a lo establecido en .....