Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de las niñas, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, respectivamente, incoada por la Defensoría Primera del Área de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a petición de la ciudadana, SILVIA CAROLINA RODRIGUEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.035.067, en contra el ciudadano, RAFAEL DAVID QUIJADA QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.425.879. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se aumenta la obligación de manutención a pagar por el ciudadano, RAFAEL DAVID.....