Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,.declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN a favor de las adolescentes, "...Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente..." de 16 y 14 años de edad, respectivamente, procedente del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio García del Estado Nueva Esparta, en consecuencia, se acuerda la INTEGRACIÓN de las mencionadas adolescentes al hogar de la ciudadana, ZULEIMA ROJAS AGUILERA venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-10.199.132, quien es su tía materna, residenciada en la calle San José, cruce con Marcano, Ciudad Ca.....