la Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 486 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 522 eiusdem, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO DE DIVORCIO, fundamentado en las causales 1, 2 y 3 del Artículo 185 del Código Civil, incoado por la ciudadana FRANCIS AMELIA LOPEZ VALERIO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-12.673.270 contra el ciudadano HECTOR JOSE PEINADO RIVERO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-10.195.823. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte demandante que no pueden volver a presentar su demanda antes que transcurra un mes.