OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: "...PRIMERO: El padre se compromete a pasarle a su hija anteriormente identificada la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) quincenales lo que sumara un total de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) mensuales, en dinero efectivo, los cuales depositara en una cuenta Bancaria la cual ordenara el Tribunal aperturar a nombre de la madre , en beneficio de los niños supra identificados. SEGUNDO: Los gastos por Médicos, Medicinas, Vestimenta, Calzado, Escuela, Deportes, Cultura, Recreación, y un Bono de Navidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1000,00) ( Ropa y Juguete)...".En tal virtud, esta Jueza del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, admite la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integral, c.....