Obligación de Manutención: "...PRIMERO: El padre se compromete a pagar mensualmente para sus hijos la cantidad MIL BOLÍVARES (Bs. 1000,00) pagaderos en una partida de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) que se compromete a entregar a la madre en deposito los días 17 y 03 de cada mes, previa emisión de comprobante de recibo por parte de la madre. SEGUNDO: Con respeto a los gastos escolares el padre se compromete a cubrir el cien por ciento (100%) en el mes de julio de cada año y en el mes de Diciembre, cubrirá el cien por ciento (100%) de los gastos derivados de vestuario entiéndase calzado y ropa. TERCERO: El padre se compromete a cancelar el cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos, en lo que se refiere a medicinas y consultas, que ameriten las niñas...". Régimen de Convivencia Familiar: La Adolescente y la niña Identidad Omitida conforme a lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA, quien residirá con su madre en la dirección señalada. El Régimen de Convivencia Familiar c.....