PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO respecto de la REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, establecida en sentencia de fecha 02.11.1998, revisión incoada por la ciudadana Thais González, titular de la cédula de identidad número 7.990.312, en representación de su hijo, el adolescente Se omite la Identidad de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma. TERCERO: Se mantiene vigente la obligación de manutención establecida en la mencionada decisión de fecha 02.11.1998, respecto de la cual se observa que la madre del adolescente, mediante escrito de fecha 20.09.2010 solicitó la extensión de dicha obligación, escrito respecto del cual este Tribunal proveerá por auto separado.