esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana Auris Maria Gonzalez de Vizcaino, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.047.977. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano Francisco José Vizcaino Bermudez, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad número V-2.834.710, al adolescente Identidad omitida conforme a la Ley, antes identificado, y al niño Identidad omitida conforme a la Ley, hijos del ciudadano Francisco José Vizcaino González (difunto), dejándose a salvo derechos de terceras personas, toda vez que la presente se fundamente en los recaudos consignados y en testimonios de personas, respecto de quienes se presume su buena fe, la cual en ningún caso causará cosa juzgada, y perderá toda ef.....