"En tal sentido, esta Jueza en uso de sus atribuciones legales suprime la celebración de la audiencia y en consecuencia, Declara PRIMERO: HOMOLOGADO en todos y cada uno de sus términos el acuerdo suscrito por los ciudadanos Jenny Johana Vivas Ramírez y Adolfo Ydelman Varela Ramírez, venezolanos, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de Identidad Nros. V-14.975.448 y V-13.918.053 respectivamente, respecto de la Comunidad de Gananciales, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 177, Parágrafo Segundo, literal "h", concatenado con el Capitulo VI del Titulo IV y artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Liquidada la Comunidad de Gananciales en los términos acordados, por lo que a cada solicitante corresponderá el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Agréguese a la presente, copia certificada de la solicitud a objeto de tener certeza respecto de.....