En merito de las anteriores consideraciones, esta Jueza Segunda de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: REVOCA la MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR dictada en fecha 30-10-2008, en beneficio de la niña ARIANNA SOFIA MORALES MORALES. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se otorga a la ciudadana MARITZA MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N:V-5.487.483 y domiciliada en calle Paz, Casa N:11, Sector La Salina de Juan Griego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta, la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA INCLUÍDA LA CUSTODIA de la referida niña, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y será su REPRESENTANTE tant.....