En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO presentada por los ciudadanos LELIMAR DEL VALLE VELASQUEZ SALAZAR y LESTER JOSE SALAZAR FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-17.655.182 y V-13.668.991 respectivamente, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA contraído en fecha el día 19-07-2005, por ante la Prefectura del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta.